principio de plurianualidad

Sublema de principio
Fin. Principio conforme al cual la elaboración de los presupuestos de las administraciones públicas debe encuadrarse en un marco presupuestario a medio plazo, compatible con el principio de anualidad y de conformidad con la normativa europea.
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, art. 5.