- delito de instancia privada
- Pen.; Arg. Delito que requiere la acusación o denuncia del agraviado para proceder a iniciar una causa debido a que no afecta el orden público.Sin embargo se procederá de oficio cuando el delito fuere cometido contra un menor que no tenga padres, tutor ni guardador.
Código Penal de la Nación, de Argentina, art. 72 .
Sublema de delito