- asociación pública
- Can. Asociación que actúa en nombre de la Iglesia, y que, a tenor de lo dispuesto en el c. 301 del
Codex Iuris Canonici , corresponde exclusivamente a la autoridad eclesiástica erigir.Para estas asociaciones se prevé una «alta dirección de la autoridad eclesiástica» sobre su gobierno (CIC, c. 315).
Sublema de asociación