- asociación en participación
- Civ. y Merc.; Méx., Nic. y R. Dom. Contrato por el cual una persona concede a otras, que le aportan bienes o servicios, una participación en las utilidades y en las pérdidas de una negociación mercantil o de una o varias operaciones de comercio.No tiene personalidad jurídica ni razón social o denominación.
Ley 479-08 de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, de la República Dominicana, arts.149-153.Código de Comercio de la República de Nicaragua, art. 331.
Sublema de asociación